La información / documentación consignada por cada ciudadano/a en el formulario "Certificado Único Habilitante de Circulación - COVID19 (CUHC)" reviste el carácter de Declaración Jurada, siendo el permiso emitido un instrumento público en los términos del Artículo 289 del Código Civil y Comercial de la Nación.
La detección de incongruencias, omisiones o falseamientos en aquel por parte de la Autoridad de Aplicación, dará lugar a la inmediata revocación del CUHC e inicio de las actuaciones sumariales correspondientes en sede administrativa y/o judicial.
La Autoridad de Aplicación informará aquella circunstancia y cualquier otra cuestión de interés en relación a la Emergencia Sanitaria, a través de los medios de contacto indicados por el ciudadano/a en su Declaración Jurada, siendo aquellos medio fehaciente de comunicación.